El pasado 15 de mayo, el Juzgado de lo Social n.º 3 de Badajoz dictó Sentencia, y el pasado día 3 de Junio realizó un Auto de rectificación, por la que resuelve conflicto colectivo instado por la CHTJ-UGT de Extremadura frente a Confederación empresarial de Turismo de Extremadura (CETEX), relativo a interpretación del artículo 24 del convenio colectivo de trabajo del Sector de Hostelería de la provincia de Badajoz, publicado en el Diario Oficial de Extremadura el 15 de octubre de 2008, que reconoce íntegramente la demanda de subida salarial interpuesta por ambos sindicatos en Extremadura.
La Confederación Empresarial de Turismo de Extremadura (CETEX), patronal firmante del Convenio Colectivo Provincial de Hostelería de Badajoz, se negó en su día a firmar las tablas salariales del sector para el año 2009, incumpliendo el Artículo 24, en el que se establece una subida salarial inicial para dicho ejercicio del 3 %.
Este hecho, quedó patente en la última reunión celebrada entre la patronal y las centrales sindicales UGT y CCOO el pasado 17 de marzo, donde ya desde la parte social se le hizo hincapié en la obligatoriedad de llevar a efecto lo establecido en dicho artículo, y no solo en lo que se refiere a la actualización de salarios, sino a todos los conceptos económicos.
Como consecuencia de ello, el pasado 20 de marzo, CETEX fue citada por UGT y CCOO en la UMAC ante un Mediador del Servicio Regional de Mediación y Arbitraje de Extremadura, donde se reafirmaron en no firmar dichas tablas.
Ante esta postura, se procedió a demandar judicialmente la publicación de la tabla salarial, así como la revisión de todos los conceptos económicos en los diarios oficiales correspondientes.
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